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Este trámite se realiza de manera presencial
Abierto a toda la comunidad
Pedro de Valdivia 963, oficina de Secretaría Municipal costado sur Palacio Consistorial.
Lunes a jueves de 08:30 a 13:30 y de 15:00 a 17:00
Viernes de 08:30 a 13:30 y de 15:00 a 16:00
1. Para Organizaciones Comunitarias Territoriales (Juntas de Vecinos y Unión Comunal): Asistencia a la asamblea constitutiva mínimo 200 vecinos que tengan al menos 14 años de edad y residencia en la unidad vecinal respectiva.
2. Para Organizaciones Comunitarias Funcionales: Asistencia a la asamblea constitutiva de a lo menos 15 personas que tengan al menos 15 años de edad y domicilio en la comuna.
3. Para integrar el Directorio Provisorio: Junta de Vecinos y Organizaciones Comunitarias Funcionales tener a lo menos 18 años de edad. Este requisito no será exigible respecto de los directores de las organizaciones juveniles. Ser chileno o extranjero avecinado en Chile por más de 3 años; no ser miembro de la Comisión Electoral y no estar cumpliendo condena por delito que merezca pena aflictiva.
1. Acta asamblea constitutiva celebrada en presencia de ministro de fe (notario, oficial del registro civil o funcionario municipal designado por el Alcalde), en la que conste aprobación y elección de directorio provisional.
2. Nómina e individualización de asistentes a la asamblea.
3. Declaraciones Juradas de candidatos a miembro de directorio provisorio y de miembros de organización comunitaria.
Sin costo