PREGUNTAS FRECUENTES FONDO DE DESARROLLO VECINAL
En el llamado FONDEVE 2024 fueron 11 comunidades las ganadoras.
El objetivo del FONDEVE es atender aquellos condominios en altura que más lo necesitan, tanto por su condición de riesgo, problemas de habitabilidad y seguridad de sus comunidades abordando problemáticas de deterioro en espacios comunes que generan riesgo a los residentes y que afectan la calidad de vida de los vecinos.
No, las comunidades no deberán generar los proyectos, será la Municipalidad quien oriente a la comunidad a través del estado de deterioro por medio de un diagnóstico constructivo del edificio. De esta manera se diseñará una propuesta de partidas prioritarias desde las más críticas a las menos críticas. Con ello, en asamblea las comunidades decidirán qué proyecto abordar y la Municipalidad será quien lo diseñe, licite y ejecute.
Si, las comunidades deciden su proyecto, ya que, al completar el Formulario del Edificio, es necesario que puedan priorizar cuál es el proyecto que necesita atención más urgente.
Si, el financiamiento es del presupuesto municipal anual.
Si, el aporte de la comunidad se pedirá una vez.
No, todo el proceso de pago lo ve la Municipalidad de Providencia.
Sólo las comunidades que resulten beneficiadas con el Fondo deberán, ingresar un aporte económico, previo a la firma del respectivo convenio, y este se encuentra en las Bases de Postulación.
Si es necesario que sean una comunidad formalizada, ya que deben contar con comité de administración y reglamento de copropiedad vigente para poder postular en la Etapa I de Admisibilidad.
No, las comunidades sólo podrán elegir un tipo de proyecto por Postulación. Los proyectos posibles para postular se encuentran descritos en las Bases de Postulación.
Este se encuentra en las Bases de Postulación de cada Postulación.
Las comunidades que se encuentren en la “zona de asignación”, esto es, dentro de los 25 primeros puestos del ranking que se obtiene con la evaluación de los antecedentes. Estos serán visitados por el municipio para verificar los antecedentes presentados y revisar la priorización del proyecto que requieren.
Las comunidades que posean departamentos en ese caso, no podrán llenar el formulario de vivienda en esos departamentos (el formulario no estará habilitado).
En la eventualidad que algún departamento este siendo usado como oficina u otro destino, pero no haya formalizado el cambio de uso desde habitacional al nuevo uso, sí podrán llenar el formulario y serán contabilizados en el cálculo de la participación que debe superar el 75%, pero al completarlo deberán indicar cero residentes.
Escribir a fondeve@providencia.cl por este caso de oficinas.