Licencia de conducir para Agentes Diplomáticos y Consulares
Municipalidad

Licencia de conducir para Agentes Diplomáticos y Consulares

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Este trámite depende de: Dirección de Tránsito
OPCIONES PARA REALIZAR ESTE TRÁMITE
  • Presencial
  • 100% en línea
  • Web
  • Telefónico

Este servicio es exclusivo para agentes Diplomáticos y Consulares, los familiares dependientes de agentes Diplomáticos y Consulares Extranjeros, así como para el personal Administrativo y Técnicos de estas delegaciones.

DETALLE

Se realiza de forma presencial, por orden de llegada al obtener número de atención.

Está dirigido exclusivamente para agentes Diplomáticos y Consulares, los familiares dependientes de agentes Diplomáticos y Consulares Extranjeros, así como para el personal Administrativo y Técnicos de estas delegaciones.

Se realiza de forma presencial en Marchant Pereira N° 880.

El departamento Licencias de Conducir atiende por orden de llegada en los siguientes horarios:

Lunes a jueves
Jornada de mañana: 8:30 a 13:30 horas para ingreso de solicitudes, cierre de puertas a las 14:00 horas.
Jornada de tarde: 15:00 a 17:00 horas para ingreso de solicitudes, cierre de puertas a las 17:30 horas.

Viernes
Jornada de la mañana: 8:30 a 13:30 horas para ingreso de solicitudes, cierre de puertas a las 14:00 horas.
Jornada de tarde: 15:00 a 16:00 horas para ingreso de solicitudes, cierre de puertas a las 16:30 horas.

Durante junio tendremos atención especial los sábados 10 y 17 para Licencias de Conducir. El trámite se realiza de 9:00 a 13:30 horas, de manera presencial por orden de llegada, en Marchant Pereira 880, Providencia.

  • Cédula de Identidad vigente, otorgada por el Ministerio de Relaciones Exteriores.
  • Licencia de Conducir vigente otorgada en conformidad a las Leyes de su País.
  • Certificado original otorgado por el Ministerio de Relaciones Exteriores para solicitar licencia de conducir de acuerdo al Art. 15 de la Ley 18.290.
  • Domicilio de Providencia.

Nota: Si no tiene licencia de conducir de su país o se encuentra vencida, deberá cumplir con los requisitos para una Primera Licencia.

  • Cédula de Identidad vigente, otorgada por el Ministerio de Relaciones Exteriores.
  • Licencia de Conducir vigente otorgada en conformidad a las Leyes de su País.
  • Certificado original otorgado por el Ministerio de Relaciones Exteriores para solicitar licencia de conducir de acuerdo al Art. 15 de la Ley 18.290.
  • Domicilio de Providencia.

No debe rendir exámenes.

A contar del mes de junio de 2020, el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones implementó el nuevo INSTRUCTIVO TÉCNICO PARA APOYAR LA GESTIÓN DEL MÉDICO DE LOS GABINETES TÉCNICOS MUNICIPALES AUTORIZADOS PARA OTORGAR LICENCIAS DE CONDUCTOR.

Recomendamos completar la siguiente declaración de Salud, a todas aquellas personas que requieran el servicio de Primera Licencia, Renovación o Cambio de Clase, y presentarlo el día del examen.

Importante: En caso de personas que informen alguna enfermedad o tratamiento médico que pueda interferir en la capacidad de conducción, se sugiere presentar un informe del médico tratante que certifique condición de salud normal para conducir vehículos motorizados.


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