Con la publicación de la ley 21.207 el municipio otorgará facilidades a empresas, micros, pequeñas y medianas para el pago de sus patentes comerciales e industriales.
Luego de su publicación del 20 de enero del año en curso en el Diario Oficial la Ley 21.207 de Apoyo a las MIPYMES, que contiene nuevas medidas para ayudar a aquellas micro, pequeñas y medianas empresas, categorizados así por el Servicio de Impuestos Internos (SII), que se han visto afectados tras los hechos de violencia ocurridos tras octubre de 2019.
Por ello, invitamos a nuestras MICRO, PEQUEÑAS y MEDIANAS empresas de Providencia que cuenten con Patentes Comerciales o Industriales vigentes y al día, que se acerquen al departamento de Rentas del municipio, para acogerse a las alternativas de pago de la patente.
Los beneficios para todas las empresas segmentadas MIPYMES según el SII son:
Los contribuyentes o representantes legales que tengan dudas pueden escribir a inforentas@providencia.cl, o acercarse a las oficinas de Rentas Municipales en los siguientes horarios:
De lunes a jueves de 8:30 a 13:30 y de 15:00 hasta las 17:00 hrs.
Y los viernes de 8:30 a 13: 30 y de 15.00 a 16:00 hrs.
Para poder acogerse a uno de los beneficios, deberán presentar formulario adjunto y certificado del SII que acredite que se encuentra en el segmento beneficiado MIPYMES, adjuntamos link para mejor servicio.
http://www.sii.cl/destacados/medidas_mipymes/index.html
El usuario debe imprimir el pantallazo completo, ya que en el extremo superior izquierdo aparece el RUT Y NOMBRE que acreditará dicha condición para el municipio.
Además, deberá presentar:
Otros beneficios para PYMES
Además, el municipio de Providencia está otorgando otros beneficios para la micro, pequeña y mediana empresa, los que consideran espacios BNUP y el no cobro de excedentes de basura en los rubros restaurantes y cafeterías, entre otros.
Exención del 100% para aquellas zonas que han recibido mayor impacto, que son los ejes del siguiente cuadrante:
Rebaja del 50% para aquellos contribuyentes con giro de Restaurantes y/o Cafeterías que no estén en el cuadrante mencionado anteriormente.
Lo anterior, previo a Informe Social para cada caso emitido por la DIDECO coordinado a través del Departamento de Rentas.
Publicado: 29/01/2020